Conforme al Reglamento (UE) 2023/1542, un operador económico es el fabricante, el representante autorizado, el importador, el distribuidor o el prestador de servicios logísticos, así como cualquier otra persona física o jurídica sujeta a obligaciones relacionadas con la fabricación, la preparación para la reutilización, la reutilización, el reacondicionamiento o la comercialización de baterías. Los operadores asumen las obligaciones del reglamento, incluidas la declaración de conformidad y la creación y actualización del pasaporte. Las obligaciones aplicables dependen del papel concreto.
- Fabricante — diseña la batería o encarga su fabricación y la comercializa con su propio nombre o marca.
- Representante autorizado — establecido en la UE, facultado por escrito para actuar en nombre del fabricante.
- Importador — establecido en la UE, introduce en el mercado europeo una batería procedente de un tercer país.
- Distribuidor — comercializa una batería sin ser el fabricante ni el importador.
- Prestador de servicios logísticos — se encarga del almacenamiento, embalaje, etiquetado o expedición sin ser propietario de la mercancía.
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