El anexo XIII del Reglamento (UE) 2023/1542 enumera la información que debe estar disponible en el pasaporte de baterías y a través del código QR. También distingue qué información es accesible al público general frente a la reservada a personas con un interés legítimo, a la Comisión y a los organismos notificados. El anexo es la lista de comprobación de referencia sobre el contenido de un pasaporte conforme.
El anexo XIII organiza la información del pasaporte en niveles de acceso. Parte de los datos es pública (por ejemplo, las características generales de la batería y la huella de carbono), mientras que los datos más detallados quedan reservados a personas con un interés legítimo, a las autoridades de vigilancia del mercado, a la Comisión y a los organismos notificados.
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