El Reglamento (UE) 2023/1542 asigna la obligación del pasaporte al operador económico que introduce la batería en el mercado o la pone en servicio. Qué papel sea depende de la cadena de suministro: para una batería fabricada dentro de la UE suele ser el fabricante, mientras que para una fabricada fuera suele ser el importador que la introduce por primera vez en el mercado europeo.
| Pregunta | Fabricante | Importador |
|---|---|---|
| Situación típica | Produce la batería, con sede en la UE | Introduce en el mercado de la UE una batería no comunitaria |
| ¿Responsable del pasaporte? | Sí, si introduce la batería en el mercado | Sí, cuando es el operador que la introduce |
| Debe garantizar la exactitud de los datos | Sí | Sí — no puede confiar ciegamente en el proveedor |
| Posee los datos justificativos | Normalmente de forma directa | A menudo debe obtenerlos del fabricante extranjero |
| Responde ante la vigilancia del mercado | Sí | Sí |
Diferencia práctica para los importadores
Un importador soporta la misma obligación que un fabricante, pero rara vez posee de primera mano todos los datos subyacentes. Las cifras de huella de carbono, las proporciones de contenido reciclado y la información de diligencia debida suelen estar en manos del fabricante extranjero, así que el importador debe asegurar contractualmente el acceso a esos datos y verificarlos antes de publicar el pasaporte.
- Identifique al único operador que introduce cada batería en el mercado de la UE.
- En importaciones, asegure cláusulas de suministro de datos con el fabricante extranjero.
- Verifique las cifras facilitadas — el operador responsable responde de su exactitud.
- Mantenga el pasaporte accesible durante todo el periodo de conservación, sea cual sea su papel.
Frequently asked
Si importo baterías, ¿soy responsable del pasaporte?
Sí. Cuando usted es el operador económico que introduce la batería en el mercado de la UE, asume la obligación del pasaporte conforme al Reglamento (UE) 2023/1542, aunque la batería se haya fabricado en otro lugar.
¿Puede compartirse la obligación entre fabricante e importador?
La responsabilidad jurídica recae en el único operador que introduce la batería en el mercado. El fabricante puede aportar datos, pero la rendición de cuentas por un pasaporte correcto y accesible sigue siendo del operador responsable.