Un distribuidor es un operador económico de la cadena de suministro, distinto del fabricante y del importador, que comercializa una batería. Conforme al Reglamento (UE) 2023/1542, la obligación de establecer el pasaporte digital recae en el operador que introduce la batería en el mercado — normalmente el fabricante, el representante autorizado o el importador —, no en el distribuidor. Este, sin embargo, tiene sus propios deberes de diligencia: debe actuar con la diligencia debida respecto del reglamento antes de comercializar una batería.
Verificar, no redactar
Un distribuidor debe comprobar que una batería incluida en el artículo 77, apartado 1, va acompañada del código QR exigido y de un pasaporte digital resoluble antes de comercializarla. Cuando considere, o tenga motivos para creer, que una batería no es conforme — falta el QR, el pasaporte no resuelve —, no debe comercializarla hasta que se restablezca la conformidad. Si una batería presenta un riesgo, debe informar al fabricante o al importador y a las autoridades de vigilancia del mercado.
| Pregunta | Posición del distribuidor conforme al 2023/1542 |
|---|---|
| ¿Quién crea el pasaporte? | El operador que introduce en el mercado (fabricante / representante / importador), no el distribuidor |
| ¿Qué debe comprobar el distribuidor? | Que una batería afectada lleva código QR y un pasaporte funcional |
| ¿Si falta el pasaporte? | No comercializar la batería hasta restablecer la conformidad |
| ¿Si se detecta un riesgo? | Informar al fabricante / importador y a las autoridades |
| ¿Desde cuándo se aplica? | Desde el 18 de febrero de 2027 para baterías de vehículo eléctrico, LMT e industriales de más de 2 kWh |
Hay una línea que un distribuidor no debería cruzar sin advertirlo: si introduce una batería en el mercado con su propio nombre o marca, o modifica una batería ya comercializada de forma que afecte al cumplimiento, se le trata como fabricante y asume sus obligaciones — incluida la de establecer el pasaporte. La reventa ordinaria no lo activa, pero las fórmulas de marca propia y las modificaciones sí.
Frequently asked
¿Debe un distribuidor generar el pasaporte de baterías?
En general no. El pasaporte lo establece el operador que introduce la batería en el mercado — normalmente el fabricante, el representante autorizado o el importador. El distribuidor debe verificar que una batería afectada va acompañada de un pasaporte funcional y un código QR antes de comercializarla, y no debe dar salida a baterías no conformes.
¿Cuándo pasa un distribuidor a ser responsable del pasaporte?
Cuando introduce una batería en el mercado con su propio nombre o marca, o modifica una batería ya comercializada de modo que se vea afectado el cumplimiento. En esos casos se le trata como fabricante conforme al Reglamento (UE) 2023/1542 y asume la obligación del pasaporte.